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1. Antecedentes:
1.1 La Economía Solidaria
Desde un proceso
de diálogo de saberes emprendido por el meSSe, han surgido varias visiones y
entendidos de qué es la economía solidaria, llegando a concordar que la Economía
Social y Solidaria es una forma de convivencia entre las personas y la
naturaleza que satisface las necesidades humanas y garantiza el sostenimiento
de la vida, con una mirada integral, mediante la fuerza de la organización,
aplicando los saberes y las prácticas ancestrales para transformar la sociedad
y construir una cultura de paz.
La
economía solidaria, es una posición frente a la vida,
a nuestros semejantes, a la naturaleza, a la forma de resolver de manera
solidaria y autogestionaria los problemas comunes, es aplicar la solidaridad en
la economía, es convocar a los seres humanos para juntos enfrentar los avatares
de la vida, es superar el egoísmo, la estrecha visión de lo mío o lo nuestro
para pensar y actuar por lo común.
1.2 El Movimiento de
Economía Social y Solidaria del Ecuador meSSe
Es un colectivo
social, de presencia nacional, que articula, comparte y fortalece las
iniciativas de actores con prácticas y experiencias de la economía solidaria; respetuoso
con la naturaleza y el ser humano, promueve, valora y construye diálogos,
conocimientos y saberes mediante un aprendizaje comunitario, generando,
difundiendo y posicionando propuestas a nivel local, nacional, regional y
global para transformar la sociedad en el marco de una economía de la
solidaridad, celebrando la vida para alcanzar el Sumak Kawsay (Buen Vivir).
Es un movimiento abierto e independiente que
no tiene compromisos con grupos económicos políticos, religiosos ni de
cualquier otro orden, es un espacio plural que valora y reconoce las diferentes
interpretaciones, relatos y aplicaciones de la economía solidaria en el país,
por lo tanto, en el movimiento se encuentran actores que aplican la economía
solidaria en formas y dimensiones muy inversas en sus vidas y en sus organizaciones
con un cimiento común: el sueño de trabajar articuladamente por una sociedad
cada vez más solidaria.
Además, propone repensar y recrear las
relaciones económicas y sociales para transformar la sociedad a partir de las
prácticas y los principios de la Solidaridad, totalmente ausentes del modelo
imperante, por medio de iniciativas y alternativas productivas, de prestación
de servicios y de trabajo autónomo, respetuoso y solidario con la naturaleza y
las personas rescatando el valor de lo nuestro, nuestra sabiduría y conocimientos,
nuestros recursos y productos.
El movimiento se estructuró desde inicios del
2007, ante la necesidad de un espacio de encuentro y articulación de diferentes
dinámicas, experiencias, proyectos, prácticas y procesos urbanos y rurales que
realizan actividades vinculadas a la economía popular, economía comunitaria,
economía del cuidado, economía solidaria, economía del trabajo, etc., y que en
conjunto reconocieron la necesidad de unirse para construir nuevas formas de
vida o un nuevo modelo de desarrollo
2.
Ámbitos fundamentales de corresponsabilidad entre
el estado y la sociedad civil
2.1.
Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria LOEPS
La "Ley Orgánica de la Economía Popular y
Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario" fue publicada en el
Registro Oficial Nº 444 del 10 de mayo del 2011 y modificada con la
promulgación del “Código Orgánico Monetario y Financiero” en el Registro
Oficial Nº 332 del 12 de
septiembre de 2014, en cuyas Disposiciones reformatorias y derogatorias,
menciona: Reforma primera, numeral 3. Sustituir “Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector
Financiero Popular y Solidario” por “Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria” y en la reforma novena sustituye y suprime varios artículos.
Es
necesario que en el nuevo gobierno y la asamblea
nacional exista el compromiso de establecer las
reformas necesarias a la LOEPS, que permitan promover la construcción
de un verdadero sistema social y solidario, con las siguientes consideraciones:
a)
La Ley debe circunscribirse
específicamente a la Economía Social y Solidaria, ya que lo popular no está
vinculado a una categoría económica, ni tampoco está implícito lo solidario.
b)
La ley debe establecer políticas
diferenciadas para las economías que vienen del campo de la solidaridad.
c)
Los principios fundamentales que
identifican a la Economía Social y Solidaria, son: El bien común, ética,
igualdad y equidad, valorización del trabajo, autonomía y autogestión, reciprocidad,
complementariedad y vincularidad, democracia y participación, corresponsabilidad
sociocultural y ambiental, distribución y redistribución equitativa y solidaria
de los recursos.
d)
La conceptualización de la Economía
Social y Solidaria, debe partir del pensamiento, conocimiento y saberes de
quienes viven y practican esta propuesta de vida. La construcción de la Ley por
tanto debe considerar las especificidades de las prácticas, es decir, una ley construida desde las bases de la sociedad.
e)
El articulado de la Ley debe enfocarse
a promover la transformación del modelo económico, a fomentar e incentivar las
prácticas solidarias en todos los ámbitos y sectores, discriminando
positivamente a quienes son marginados o excluidos social, económica y
políticamente. El espíritu de la Ley, lejos de contemplar la promoción de la economía social y solidaria,
enfatiza el control y la regulación, sin considerar las particularidades de las
prácticas solidarias.
f)
El espíritu de la Ley debe ser,
impulsar la promoción y fortalecimiento de las prácticas solidarias priorizando
los ámbitos de fomento e incentivo de la Economía Social y Solidaria y que los elementos
normativos particulares estén incorporados en el reglamento o en disposiciones específicas.
g)
La Ley debe ser integradora; dado que
todos los aspectos socioeconómicos son interdependientes, es importante que se
traten en ella: las relaciones sociales (organizaciones), las fuerzas
productivas (trabajo), los factores de producción (recursos naturales, tecnología,
formas de producción….), educación, comunicación, concienciación (ideología),
valores, principios, cultura, derechos, ciudadanía, política pública,
articulación de los circuitos económicos solidarios y otros aspectos.
h)
Se reconocerá el derecho que tienen
las organizaciones a la creatividad y la diversidad de prácticas sociales y
culturales de producción, comercialización, a servicios, consumo y post consumo,
y a la autodeterminación de sus formas
de asociatividad.
i)
La Ley no debe enmarcarse en los
parámetros del libre mercado, en el que las condiciones no permiten que la
economía solidaria se desarrolle ni compita; la economía solidaria debe buscar
mecanismos y formas para la construcción de mercados libres y solidarios,
comercio justo, consumo solidario, intermediación solidaria.
j)
Las prácticas y emprendimientos
solidarios se remiten a los territorios, por lo que los gobiernos locales
descentralizados deben tener un rol
protagónico a la hora de fomentar la economía solidaria.
k)
La Ley y su reglamento deben
considerar las especificidades de cada una de las formas organizativas de
economía solidaria. No es lo mismo una cooperativa de vivienda, de educación,
de salud que una de consumo, en donde los montos financieros y los procesos son
diferentes.
En esta misma línea, el meSSe propone una
reflexión colectiva permanente, sobre
propuestas que permitan promover las prácticas económicas solidarias hacia la
construcción de una nueva economía al servicio de la vida; porque éstas, son
parte de una construcción socio histórico, cultural, social y político en
constante cambio.
2.2. La gestión pública y
ciudadana
Partiendo
de que la democracia es la participación de todos los sectores económicos y
sociales en el ejercicio político del estado, el meSSe plantea al nuevo gobierno
los siguientes aspectos:
- Dotar de instrumentos legales que permitan la promoción, fomento e inserción en la sociedad de la Economía Solidaria, tomando en cuenta para ello a los actores de esta economía, proponemos un cuerpo legal se denomine “Código Orgánico de Economía Social y Solidaria del Ecuador”
- El Estado en todos sus niveles, conjuntamente con la sociedad civil, debe asumir la responsabilidad compartida, para que se haga efectiva y real la implementación una Agenda Urbana Nacional a corto, mediano y largo plazo, que apoye a la ciudadanía para recuperar y asumir su rol central en la toma de decisiones para el desarrollo urbano y el hábitat, cuyos principios suscritos en el marco de Hábitat 3, no deben quedar como simple enunciado sino concretarse en la cotidianidad.
- Las instituciones públicas, deben garantizar el fomento y la promoción de los emprendimientos de la economía solidaria, permitiendo el acceso a los mercados de productores, compras públicas y a la prestación de servicios: agro-alimentarios, de vivienda de interés social, educación y salud comunitaria, entre otros.
- El Instituto de Economía Popular y Solidaria ,IEPS, conjuntamente con las organizaciones de la economía social y solidaria, deben diseñar e implementar programas sostenidos de educación, formación, capacitación y asesoramiento para ampliar el apoyo técnico a los emprendimientos
- Para la Economía Social y Solidaria, es imperiosa la defensa de la soberanía alimentaria y de nuestras semillas, el control público de la producción, la agro-biodiversidad y de los mercados.
- Con referencia a la Ley de Agro-biodiversidad, Semillas y Fomento Agroecológico consideramos que debe determinarse en ella lo siguiente:
- Las semillas debe continuar siendo patrimonio de los pueblos al servicio de la humanidad, y el Estado debe actuar como garante de este derecho más no como propietario y regulador, como se intenta aprobar.
- El libre flujo de semillas indígenas y campesinas que garantice la sostenibilidad biogenética.
- La promoción y amplio uso de la semilla campesina y nativa como base de nuestra soberanía alimentaria.
- La no imposición de medidas de protección fitosanitaria, la certificación y la persecución de la semilla campesina y nativa limitan el libre acceso e intercambio de semilla nativa con alta variedad y poder fitogenético.
- Consideramos fundamental, el establecimiento de políticas de fomento de sistemas agroalimentarios sanos, sostenibles y equitativos, como es el caso de la agroecología, para enfrentar la pobreza, la creciente malnutrición, y el cambio climático, asociados con la modernización agrícola y la agricultura altamente dependiente de insumos externos y mercados pocos competitivos.
- El Gobierno, a nivel nacional, provincial y local, debe garantizar la integración social en el espacio público y la generación de espacios inclusivos, incluyentes y seguros para la comercialización de los productos de la Economía Solidaria, en corresponsabilidad público–privada, para ello las políticas que se planteen y articulen, deberán proyectarse en la legislación, el planeamiento respectivo, en los modelos de la gobernanza y gestión, en los instrumentos de financiamiento y del fomento de la Economía Solidaria.
- Exhortamos al Sistema de Rentas Internas SRI para la aplicación de la LOEPS, referente a los tributos reglamentarios, de manera que simplifiquen, faciliten y liberen incluso, el costo tributario a las familias campesinas y sector artesanal, generadores de productos, bienes y saberes de la Economía Solidaria.
- Para el MESSE, uno de los retos a vencer en adelante, será también el de organizar el consumo en forma de red, asociaciones o cooperativas, orientadas a la conformación de circuitos cortos, en el marco de la economía social y solidaria, y ofrecer de manera permanente, puntual, y garantizada por un sistema de garantía participativa SGP, una canasta acorde a las necesidades y exigencias del consumo responsable.
- Entendemos al espacio público, como un producto social, es la esfera idónea donde ocurren las interrelaciones territoriales. La articulación vial, la mixtura de usos urbanos y rurales, la cercanía a los centros de trabajo y de recreación, la disponibilidad de equipamientos y servicios, o la inexistencia de barreras arquitectónicas, suponen la base para la consecución de muchos de los derechos humanos individuales y colectivos mancomunadamente gestionados entre lo público y privado.
- Integrar como formas de organización a las empresas solidarias o sociales, que son sociedades de personas y no de capitales que operan bajo los principios de la economía solidaria.
- Las formas comunitarias por su naturaleza son multiactivas, incursionan en la producción, comercialización, distribución y consumo de diversos rubros económicos para satisfacer necesidades, contrariamente a lo que plantea la propuesta de reforma “Las organizaciones del sector comunitario podrán desarrollar diversas actividades económicas siempre que sean afines y se relacionen con el desarrollo de su localidad, cada actividad deberá contar con una contabilidad separada”
- Bajo los principios de la Economía Solidaria el total de las utilidades y/o excedentes, deberían ser reinvertidos en la organización para ampliar los servicios a los socios y la comunidad.
- Reconocer a la Economía del Cuidado más allá del trabajo doméstico y no remunerado en el ámbito familiar, incorporando actividades como: el desarrollo infantil, la atención de personas en desamparo y al adulto mayor, la protección especial a grupos vulnerables, los colectivos que realizan control social del cumplimiento de políticas, programas y servicios públicos.
- Activar la instancia de Consejo Consultivo de la Economía Popular y Solidaria como lo determina la LOEPS con representantes de la sociedad civil avalados por el Consejo de Participación Ciudadana que sea actores y sujetos sociales de la Economía Social y Solidaria y además debería integrarse a esta a los representantes de las GADS.
- Es necesario que se establezca en lugar del Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria un Ministerio de Economía Solidaria para que tenga mayores competencias y facultades para impulsar la economía solidaria en el estado y la sociedad.
- Que la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias mantenga su autonomía y por su objeto social financie a más de las Organizaciones del Sector Financiero Popular y Solidario directamente a las Organizaciones de la Economía Solidaria, otorgándoles productos y servicios financieros en las mismas condiciones para evitar la intermediación financiera de las cooperativas de ahorro y crédito que limitan el acceso y encarecen el financiamiento.
- Aspiramos hacer causa común para el fomento de los Circuitos Económicos Solidarios Interculturales CESIs, espacios de articulación de los diferentes actores de la ESS para producir, comercializar, consumir y prestación de servicios responsablemente, de acuerdo a las características de nuestros megadiversos territorios, en los que se dinamizan y mejoran las economías locales.
- Los Circuitos Económicos Solidarios integran todos los componentes del sistema económico: producción, transformación, distribución, circulación e intercambio, consumo, postconsumo y sus servicios asociados como educación, vivienda, salud, recreación, que funcionen democráticamente por actores del territorio para desarrollar sus mutuas capacidades.
- Los organismos de integración económica, los circuitos económicos solidarios y las organizaciones comunitarias y asociativas, de economía solidaria, por acuerdo de sus miembros, podrán usar monedas sociales o trueque para la circulación e intercambio de bienes, servicios y saberes.
- Las formas organizativas de economía solidaria pertenecientes a las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas y ancestrales, funcionarán conforme a su derecho propio o consuetudinario.
Aspiramos
que nuestros planteamientos sean
orientaciones concretas para la política y gestión del nuevo gobierno nacional
y comprometemos nuestra activa participación como sociedad civil organizada a
construir en conjunto con todos los sectores una economía para la vida en
democracia y justicia.
Fraternalmente,
Lic.
Beatriz Cabrera González
COMISION EJECUTIVA NACIONAL
DEL MESSE
16:30:00
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